Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/368407
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368407
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1023
RELACION CONTRACTUAL DE TRABAJO, INEXISTENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1023
Si no existe relación contractual alguna entre el Sindicato Actor y la Empresa demandada, ni estándose en el caso de que hubiera que darse preferencia a trabajadores sindicalizados respecto de los que no lo están, y si quedó demostrado que las personas que prestaban sus servicios eran los mismos socios de la sociedad, la pretensión del Sindicato de que fuesen ocupados elementos suyos en el negocio y a que se les pagaran los salarios a partir de la fecha en que abría sus puertas una negociación, resulta notoriamente injustificada.-
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5566/49. Sindicato de Oficios Varios, Mártires de Río Blanco, CROM. 2 de agosto de 1951. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.