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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368414
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1141
DOMESTICOS, CARACTER DE LOS, EN LAS CASAS DE HUESPEDES (ARTICULO 129 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1141
Si una doméstica prestó sus servicios en una casa de huéspedes, nunca estuvo sujeta al régimen especial establecido para los trabajos domésticos, sino a las disposiciones que regulan los derechos de los trabajadores en general, atento lo previsto por el artículo 129 de la Ley Federal del Trabajo, y al decidir la responsable lo contrario, absolviendo a la demandada del pago de las prestaciones reclamadas al considerar que la quejosa en su calidad de doméstica, carecía de derecho a la obtención de esas prestaciones, consistentes en horas extras, días de descanso semanario y obligatorio, vacaciones y diferencia de salarios, violó los artículos 129 y 550 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7535/50. Argalán María de la Luz. 6 de agosto de 1951. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.