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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368433
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1371
TRABAJADORES, IMPROBIDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1371
Si el trabajador no observó buenas costumbres ni se sujetó al reglamento interior de trabajo y sustrajo materia prima elaborada por la negociación en que trabajó, sin permiso del patrón, todo ello es motivo más que suficiente para ameritar justificadamente su despido, de conformidad con lo que disponen las fracciones II y XVI del artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 482/51. Sánchez García Antonio. 10 de agosto de 1951. Unanimidad de cinco votos. la publicación no menciona el nombre del ponente.