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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368435
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1438
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO CESE DE LOS, SUBSTITUTOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1438
Será inaplicable el artículo 41 - I, del Estatuto al igual que el artículo 44 cuando el cese del trabajador se debió a la necesidad de cumplir el laudo del Tribunal de Arbitraje que condenó a la reinstalación del trabajador substituido, en el puesto que ocupaba el tercer interesado substituto, en el conflicto planteado por dicho trabajador, es bien sabido que legalmente no puede adquirir derechos a un puesto quien lo ocupa substituyendo a un empleado cesado, mientras el cese de este último no haya sido resuelto por el Tribunal de Arbitraje.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 692/50. Martínez Montes Mercedes. 13 de agosto de 1951. Unanimidad de cuatro votos.
La publicación no menciona el nombre del ponente.