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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368437
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1442
RIESGO PROFESIONAL, PRUEBA DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1442
Si bien el fundamento de la indemnización a que está obligado a pagar un patrón a sus trabajadores, por la realización de los riesgos profesionales de que son víctimas, no estriba solamente en la incapacidad física o en la disminución de las facultades funcionales u orgánicas que les resulten, sino también en la reducción de su capacidad productiva, es de considerarse que el trabajador que reclama indemnización por la incapacidad que le haya producido un riesgo profesional, debe probar los elementos constitutivos de su acción y que son tanto la realización del riesgo profesional que le ocasionó la incapacidad como la clase de ésta y su grado el monto de su salario en el momento de producirse aquél.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 502/50. Rivera Castillo Everardo. 13 de agosto de 1951. Unanimidad de cuatro votos.
La publicación no menciona el nombre del ponente.