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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368460
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1988
TRABAJADORES LIBRES, CUANDO OPERA LA PREFERENCIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1988
Si el patrón demandado, en la construcción que viene realizando, ha ocupado exclusivamente trabajadores libres, según lo reconoce el Sindicato actor y los testigos propuestos por él, como en los términos del artículo 43 en relación con la fracción I del artículo 111 de la Ley Federal del Trabajo, que establece que: "Todo patrón que emplee trabajadores pertenecientes a un sindicato, tendrán obligación de celebrar con éste, cuando lo solicite, un contrato colectivo", es necesario que exista el presupuesto de que en la obra de referencia se utilicen trabajadores sindicalizados y si no existe tal presupuesto, claro está que no es posible obligar jurídicamente al patrón a retirar a los trabajadores libres que viene empleando, para ocupar a los pertenecientes al Sindicato, puesto que los derechos de los primeros en forma alguna, no pueden ser desconocidos, por haber nacido precisamente con anterioridad a la intervención del Sindicato, al solicitar el empleo de sus miembros y como consecuencia la firma de un Contrato Colectivo de Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2811/50. Sindicato de Gutiérrez Zamora. 30 de agosto de 1951. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.