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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368462
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2011
PATRONOS SUBSTITUIDO Y SUBSTITUTO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2011
Es de considerarse que una vez presentada la demanda contra un patrón, no es jurídico volver a presentarla contra los patrones sustitutos, cada vez que se opera el fenómeno de sustitución patronal, sino que el patrón sustituto deberá continuar el trámite del conflicto laboral iniciado con el patrón sustituido, en el estado en que se encuentre, pues de no ser así, resultaría que nunca terminaría un conflicto obrero patronal, con solo provocar un cambio de patrón, lo que además acarrearía indefectiblemente la procedencia de la excepción de prescripción.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7378/50. García Pedro L. y coags. 31 de agosto de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Arturo Martínez Adame.