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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368469
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2036
CONTRATO DE TRABAJO EXTINCION DEL, POR CAMBIO DE TRABAJADORES ASALARIADOS A COOPERATIVISTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2036
La extinción del contrato de trabajo entre trabajadores y una cooperativa será por mutuo consentimiento de las partes, si por un lado, los asalariados solicitaron ingresar como miembros de la cooperativa y por otro, ésta los aceptó como tales, en ese momento. Esto es, mudaron sus relaciones para convertirlas en relaciones de una cooperativa de productores y socios de la misma, sujetos a las bases constitutivas de cooperativa, y a la Ley General de Sociedades Cooperativas. Ahora bien, lo anterior no podrá entenderse tan solo como un imperativo de la Ley General de Sociedades Cooperativas, de que los trabajadores se convirtieron de asalariados de la cooperativa demandada, en socios de ella, sino sobre todo y muy especialmente, porque ese fue su deseo y la cooperativa estuvo de acuerdo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9362/50. Novaro Luis y coagraviados. 31 de agosto de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Arturo Martínez Adame.