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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368492
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2638
CAPITANES DE BARCO, FACULTADES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2638
El capitán de un barco está facultado para reconocer el derecho de los trabajadores, en representación de la empresa, porque los artículos 4o. y 134 de la Ley Federal del Trabajo considera a los capitanes como representantes de los patrones y, en tal concepto, obligan a éstos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 741/50. Carrillo Cano Eduardo y coags. 24 de septiembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Armando Z. Ostos. La publicación no menciona el nombre del ponente.