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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368505
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2842
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, EL EXPEDIENTE NO ACREDITA SU PROBIDAD.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2842
La apreciación que el Tribunal de Arbitraje hizo en el laudo reclamado, del expediente personal de un trabajador, formado en el Departamento de Personal de la Secretaría de Estado, se apega a las reglas de la lógica, al asentar que es insuficiente para acreditar la buena conducta del empleado, ya que pudo haber desempeñado sus labores con toda honestidad antes de haber incurrido en falta de probidad y honradez que se le imputó, por haberse apoderado indebidamente de algún artículo que se utiliza en la realización de su trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4634/50. Martínez Navarro Abel. 28 de septiembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. La publicación no menciona el nombre del ponente.