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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368515
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 100
EMPLEADOS PUBLICOS, PRINCIPIO DE IGUALDAD ENTRE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 100
El aceptar la tesis de que pudiera acreditarse la eficiencia para la promoción de empleados al servicio del Estado, no por medio del concurso y examen, sino por los certificados que expidan las academias de capacitación, rompería el principio de igualdad que es la base y la norma que inspira el contenido del artículo 41 del Estatuto, al prever que los aspirantes a una promoción, demuestren sus conocimientos y aptitudes, precisamente a través del concurso y del examen relativo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5692/50. López Islas Gonzalo. 2 de abril de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo CVIII, pág. 88. Amparo directo en materia de trabajo 6668/50. Secretaria de Hacienda y Crédito Público. 2 de abril de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente