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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368516
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 89
JUBILACION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 89
La jubilación no procede cuando no se ha trabajado el tiempo necesario para que aquella sea obligatoria para el patrón, de acuerdo con el contrato colectivo de trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1917/50. Montenegro Lampierre Víctor. 2 de abril de 1951. Mayoría de cuatro votos. El Ministro Mariano Ramírez Vázquez no tomó parte en la discusión, por haberse excusado. La publicación no menciona el nombre del ponente.