Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/368522
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368522
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 97
INCAPACIDAD DEL TRABAJADOR.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 97
Basta la pérdida de las facultades necesarias para el desempeño del trabajo habitual, para la recta interpretación de la cláusula 367 del Contrato Colectivo de Trabajo del Sindicato de los Trabajadores de los Ferrocarriles Nacionales de México, y no es necesario que haya una pérdida absoluta de facultades o aptitudes del trabajador .
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2373/50. Ferrocarriles Nacionales de México. 2 de abril de 1951. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Mariano Ramírez Vázquez no tomó parte en la discusión, por haberse excusado. La publicación no menciona el nombre del ponente.