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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368532
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 105
PERSONALIDAD DEL APODERADO, RECONOCIMIENTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 105
El simple reconocimiento del apoderado, no amerita violación reclamable en vía de amparo, pues debe reclamarse, en caso de que entrañe una violación constitucional, al interponerse el amparo contra la sentencia definitiva, ya que no es un acto de imposible reparación y no implica que pueda dejar de recaer un laudo favorable.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 8165/50. Sosa Sánchez Luis B. 2 de abril de 1951. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Armando Z. Ostos no tomó parte en la discusión, por haberse excusado. La publicación no menciona el nombre del ponente.