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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368559
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 324
PERSONALIDAD EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 324
No habiendo constancia en autos, de que se haya reconocido personalidad en el juicio laboral a la persona que actuó como representante del quejoso, sin que tampoco a su demanda de amparo acompañase documento alguno que lo acreditase como apoderado del sindicato quejoso, debe estimarse que para los efectos de la tramitación y promoción del juicio constitucional, carece de personalidad.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9696/49. Sindicato Mexicano de Autores Compositores, Editores de Música. 5 de abril de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.