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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368563
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 343
QUEJA EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 343
Si la Suprema Corte concedió el amparo y protección de la Justicia Federal, a efecto de que la responsable dicte nuevo laudo en el que explicase las razones en las cuales lo fundase debidamente, y acatando lo anterior, la Junta responsable, expresó en el nuevo laudo, las razones que tuvo en cuenta para absolver, si estas razones a juicio del quejoso, no eran atendibles, por incongruentes, ilógicas o por no apegarse a la Ley, tales violaciones pudieron dar lugar a un nuevo juicio de amparo, por concepto distinto de los expresados en el primer juicio constitucional, pero no al recurso de queja.
Precedentes
Queja en materia de trabajo 488/50. González Emiliano. 5 de abril de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.