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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368570
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 822
ACCIDENTES DE TRABAJO (EMBRIAGUEZ).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 822
El estado de embriaguez, en caso de accidente de trabajo, no se puede dar por comprobado por el dicho de un solo testigo, sino por los medios probatorios establecidos por la Ley, para acreditar tal extremo, y si la empresa demandada por una indemnización, por muerte acaecida en el desempeño del trabajo, no proporciona más que un testimonio de ésta especie, la acción intentada contra ella para el pago de la indemnización debe estimarse procedente.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1611/50. Mendoza Antonia. 25 de abril de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.