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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368573
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 902
ACCIDENTE DE TRABAJO (RIÑA).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 902
Aun cuando el accidente que priva de la vida al trabajador, se presume legalmente ser siempre un accidente de trabajo si ocurre en el lugar y horas del propio trabajo, la prueba que la parte patronal proporcione y que demuestre que la muerte sobrevino como consecuencia de una riña, establece una excepción valida y perfecta.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6760/49. Angel Leonor del. 26 de abril de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agapito Pozo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XCV, página 329, tesis de rubro "ACCIDENTES DE TRABAJO.".