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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368585
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1094
DESPIDO DEL TRABAJADOR, CARGA DE LA PRUEBA DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1094
Si el trabajador no demostró el despido con el dicho de sus testigos, no es a él a quien corresponde la prueba de tal hecho, conforme lo tiene establecido la jurisprudencial de ésta Suprema Corte, sino a la empresa demandada acreditar el abandono del trabajo que como excepción puede hacer valer.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7324/50. Aguado Erasmo. 3 de mayo de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.