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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368635
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1559
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CESE DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1559
Es bastante la no justificación de más de tres faltas de asistencia para motivar el cese, aun cuando no concurran otros elementos que lo determinen, porque es al faltista a quien corresponde justificar las causas que lo obligaron a no asistir, y no al Titular, que sólo toma nota de las faltas y que se ve en el caso de considerarlas inmotivadas mientras no se justifiquen, precisamente, en la forma reglamentaria.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4587/47. Ochoa Ayala Ernesto. 4 de junio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.