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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368638
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1564
TESTIGOS ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1564
La Suprema Corte no puede sustituir su criterio al de la autoridad responsable, para cambiar su apreciación particular en el sentido de que los artículos publicados en los periódicos exhibidos por vía de prueba, constituyen pruebas de la enemistad con que el testigo declaró. Y a mayor abundamiento, no podría admitirse que constituyen simples polémicas, las alusiones personales e inculpaciones, que contienen dichos artículos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1891/49. Mena Rivas Raúl y coags. 4 de junio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.