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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368662
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1877
FERROVIARIOS, INDEMNIZACION POR MUERTE DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1877
Si el contrato colectivo es de fecha anterior a la Ley Federal del Trabajo y contiene disposiciones que conceden beneficios o prerrogativas para los trabajadores, mayores que las establecidas, por aquélla, debe estimarse que confesados el riesgo y el salario percibido, y probada la relación de la beneficiada respecto al trabajador fallecido, la fijación del monto de la indemnización debe apoyarse precisamente en la disposición contractual respectiva.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 10151/49. Ferrocarriles Nacionales de México. 18 de junio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Armando Z. Ostos. Relator: Agapito Pozo.