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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368679
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 2317
ACCIONES SIMULTANEAS ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 2317
Cuando en dos demandas se reclama simultáneamente en la primera, rescisión de contrato de trabajo y pago de la indemnización y en la segunda: cumplimiento del contrato, reinstalación y pago de salarios caídos, se hace notorio no sólo acumulación de autos sino de acciones que, por ser contradictorias, se excluyen recíprocamente. Ahora bien, la Junta carece de facultades para elegir alguna de las acciones propuestas porque a este aspecto se substituiría indebidamente en los derechos y obligaciones de la parte actora.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7389/49. Legorreta de Jaurena Javiera. 7 de junio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Ramírez Vázquez. La publicación no menciona el nombre del ponente.