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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368705
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 174
ENFERMEDADES ORDINARIAS DE LOS TRABAJADORES, SERVICIO MEDICO PARA LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 174
Si del contrato colectivo de trabajo se desprende que la empresa se obliga a proporcionar a los trabajadores que sufran enfermedades ordinarias, servicio médico y medicinas gratuitamente, y si la operación quirúrgica de apendicitis sufrida por el quejoso es una enfermedad ordinaria, es de concluirse que la empresa solamente está obligada a proporcionarle servicio médico y medicinas gratuitamente; pero no así los gastos de hospitalización por no estar autorizados.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7350/48. Aguirre Fuentes Estanislao. 11 de enero de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.