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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368725
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 409
ACCIDENTES DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 409
Si el accidente en que perdió la vida el trabajador, se realizó cuando, en compañía de otros trabajadores, transitaba por la carretera, en atención a que la máquina que tripulaban se había descompuesto y se les ordenó que la dejaran allí, teniendo que ir al taller mecánico donde rendían la jornada, la cual todavía no terminaba; debe decirse que el accidente se realizó dentro de la jornada de trabajo y en ocasión del mismo, y aun cuando la muerte fue a consecuencia de un atropellamiento, todas las circunstancias en que se produjo llenan los extremos previstos por el artículo 285 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5145/48. Petróleos Mexicanos. 19 de enero de 1951, Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.