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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
368742
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 554

INSPECTORES FEDERALES DEL TRABAJO, NO TIENEN FACULTADES PARA RECIBIR LA PRUEBA DE CONFESION.

[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 554

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 4656/48. Orozco Stephens Eugenio. 25 de enero de 1951. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Notas: Esta tesis integra la jurisprudencia 284 del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000, Tomo V, Cuarta Sala, página 228, de rubro "INSPECTORES DE TRABAJO, INEFICACIA DE LAS DILIGENCIAS PRACTICADAS POR LOS.". Esta tesis integra la jurisprudencia 255 del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo V, Cuarta Sala, página 167, de rubro "INSPECTORES DE TRABAJO, INEFICACIA DE LAS DILIGENCIAS PRACTICADAS POR LOS.".
Registro digital (IUS): 368742