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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368759
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 684
SEGURO Y GASTOS FUNERARIOS POR LA MUERTE DE TRABAJADORES DE PETROLEOS MEXICANOS, QUE GOZAN DE UN AÑO DE LICENCIA POR ENFERMEDAD ORDINARIA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 684
La suspensión del contrato de trabajo por causa de enfermedad ordinaria, no trae consigo la pérdida del derecho de demandar al pago de la póliza de seguro y gastos de funeral, si la muerte ocurre durante el año de espera del trabajador enfermo; porque esa suspensión sólo afecta la prestación de los servicios la correlativa obligación de pagar salarios. En consecuencia, en el caso no puede estimarse que por haber muerto el trabajador durante la licencia que se le concedió, sus familiares hayan perdido el derecho de obtener el pago de la póliza y los gastos de funeral.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6725/47. Petróleos Mexicanos. 29 de enero de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agapito Pozo. La publicación no menciona el nombre del ponente.