Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/368760
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368760
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 769
PERITOS, APRECIACION POR LAS JUNTAS DE LOS DICTAMENES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 769
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje son soberanas para apreciar la prueba pericial que se rinde ante ellas, y por tanto, están capacitadas para concederles o negarles valor probatorio a los dictámenes de los peritos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7153/48. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 31 de enero de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.