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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368767
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 810
VACACIONES A TRABAJADORES DEL ESTADO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 810
Conforme al artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, no es dable, en ningún caso, a los empleados que laboren en periodos de vacaciones, cobrar dobles sueldos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8172/47. Flores Durán Eugenio. 1o. de febrero de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.