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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368776
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 888
PERSONALIDAD EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO, CUANDO DEBE OPONERSE LA EXCEPCION DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 888
Si la Junta responsable aseveró que por no haberse opuesto la excepción de personalidad del representante de la parte actora en el período de conciliación, debe entenderse que se reconoció la personalidad de dicho representante y que válidamente no pudo oponerse en el período de arbitraje; debe decirse que tal aseveración no es exacta, toda vez que procesalmente es en la audiencia de demanda y excepciones, en el período de arbitraje, cuando se fija la litis en el procedimiento laboral y cuando la parte demandada tiene que exponer las excepciones o defensas que tenga.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7474/48. The Mazapil Copper Company Limited. 7 de febrero de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.