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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368795
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1033
TESTIGOS EN MATERIA DE TRABAJO, TACHAS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1033
La responsable, al valorar como tacha suficiente para invalidar un testimonio, la circunstancia de que el testigo tuvo alguna dificultad con el actor, por cuestiones de trabajo, se excede en la facultad que el artículo 550 de la Ley del Trabajo, concede a las Juntas de Conciliación y Arbitraje para apreciar las pruebas, si su declaración concuerda en todos sus detalles, con las que rindieron otros testigos, sobre los mismos hechos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4620/49. Instituto Mexicano del Seguro Social. 8 de febrero de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.