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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368825
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1325
TRABAJADORES, FALTA DE ASISTENCIA DE LOS, COMO CAUSA DE DESPIDO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1325
No puede estimarse como causa de fuerza mayor amparada por precepto alguno legal, el hecho de que la esposa del trabajador se interne en un sanatorio o maternidad, a menos que se comprobara que un estado de gravedad imprevisto, hiciera necesaria la presencia del marido, pues entonces un criterio de equidad y humanidad podría influir para estimar justificada la falta de asistencia al trabajo y como no se ha probado en autos la existencia de un hecho semejante ni que exista un derecho contractual que amparase al actor, al respecto, es incuestionable que esta circunstancia no pudo el trabajador alegarla como causa justificada de su falta de asistencia al trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 694/49. "Auto Transportes Urbanos Círculo Azul", S.A. 14 de febrero de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.