Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/368829
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368829
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1327
CONTRATO DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1327
De acuerdo con el artículo 17 de la Ley Federal del Trabajo el contrato de trabajo requiere además de dirección y dependencia, la existencia de una retribución convenida, esto es, de un salario o sueldo y no estando demostrado ninguno de estos elementos, la Junta obró correctamente al no haber estimado que existía un contrato de trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5818/49. Aréchiga Gabriel. 14 de febrero de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.