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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368833
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1330
CONCEPTO DE VIOLACION EN MATERIA DE TRABAJO (PRUEBAS).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1330
Si el quejoso no dice cuáles son las pruebas no apreciadas por la Junta, ni porqué estima que no fueron debidamente apreciadas dichas pruebas, no pudiéndose suplir la deficiencia de la queja en el juicio de amparo, contra un laudo de la Junta de Conciliación y Arbitraje, el concepto debe considerarse inoperante.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2948/49. Martín Pablo y coagraviados. 14 de febrero de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.