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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368845
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1372
TRABAJADORES DEL ESTADO INTERINOS, NO SE CONVIERTEN EN EMPLEADOS DE BASE DESPUES DE SEIS MESES DE SERVICIO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1372
Los trabajadores que ocupan interinamente un cargo, no adquieren derecho a que se les otorgue en definitiva, por el simple transcurso de los seis meses a que alude el inciso c) de la fracción I del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, ni de un lapso mayor, ni esa circunstancia priva a la comisión de escalafón respectiva, de la facultad de hacer la designación de quien deba ocupar el cargo para cubrir una vacante definitiva.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8293/50. García Bracho Margarita. 15 de febrero de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.