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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368855
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1487
PENSIONES JUBILATORIAS, RENUNCIA A PARTE DE LAS (PRESCRIPCION DE LA ACCION DE NULIDAD DEL CONTRATO CIVIL EN EL QUE SE ESTABLECEN).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1487
Al declarar prescrita con fundamento en la fracción I del artículo 329 de la Ley Federal del Trabajo, la acción de nulidad del contrato civil, por el cual se establecía que la pensión jubilatoria sería reducida, dada la mala condición económica de la empresa, sin que se hubiera ejercitado tal acción; es clara la violación al artículo 551 de la Ley Federal del Trabajo, al apartarse la responsable de la litis planteada.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6634/50. Ramírez del Río Rafael. 21 de febrero de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.