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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368858
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1497
ABANDONO DE EMPLEO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1497
Habiendo una queja en la cual se hace constar que el quejoso abandono el empleo y, al mismo tiempo, una carta del mismo, en la que se expresa que solicitó de la Secretaria de Hacienda su relevo de la Oficina Federal de Hacienda en la que se encontraba, para ponerse a disposición de la Secretaria de Hacienda, en esta Ciudad de México, sin que la dicha dependencia le hubiera girado orden al respecto, ni lo hubiera autorizado y atenta la connotación que a la palabra "relevo" da el Diccionario de la Real Academia Española, que indica exonerar, libertar de un peso o gravamen, y también de un empleo o cargo y, por extensión, reemplazar, sustituir a una persona con otra, en cualquier empleo o comisión, se debe advertir, que sin coacción ni violencia, el quejoso estaba manifestando su voluntad en ser liberado, y por lo tanto, reemplazado o sustituido por otra persona en el puesto que venía desempeñando, por lo que se está en presencia de un caso de abandono de empleo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6697/47. López Quintero Francisco. 21 de febrero de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.