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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368870
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1640
FUERZA MAYOR EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1640
Si el salón de baile que explotaba la demandada y en el que los quejosos prestaban sus servicios, fue clausurado por infracciones cometidas por la indicada demandada, no puede entenderse que esta clausura sea de fuerza mayor o caso fortuito.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1113/50. Sindicato Único de Filarmónicos, Trovadores y Mariacheros de la ciudad de Tepic. 1o. de marzo de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.