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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368880
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1687
TRABAJO, PRUEBA DEL CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1687
La sola circunstancia de que el actor percibiera como retribución de su trabajo, un 20 por ciento del importe de las ventas que realizara y no un salario fijo, no altera la substancia de la relación jurídica de trabajo, pues la forma de pago del salario es un elemento dentro de esa relación, ya que sus características son la prestación de un servicio personal, la dirección y dependencia del trabajador respecto del patrón y la retribución convenida por dicho servicio; por tanto, subsistió entre el actor y el demandado dicho contrato.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 862/50. Martínez Quintero Ramiro. 5 de marzo de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.