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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368887
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1732
TRABAJADORES, DERECHOS A LAS PRESTACIONES, POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1732
Si quedó demostrado que el trabajador no tiene derecho a ser considerado de planta con anterioridad al otorgamiento de ésta, resulta imposible la condena a una prestación que correspondía únicamente a los trabajadores que tuvieran tal carácter, por lo que estando debidamente fundado el laudo reclamado, procede la negativa de amparo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4624/49. Reyes Marcelino. 7 de marzo de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.