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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368920
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1974
PRUEBA DOCUMENTAL ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1974
Si el actor exhibió la copia simple de un documento proveniente de la demandada, pidiendo en el mismo a la Junta que en el caso de que fuera objetado se le cotejara con su original, y la demanda no objetó dicho documento, su silencio implica conformidad con el contenido del mismo; y si de él se desprende que el accidente sufrido constituye un riesgo profesional, la Junta responsable no pudo negar que están probados otros hechos que se desprenden del documento, ya que se le confiere a este documento pleno valor probatorio por el hecho de no haber sido objetado, sin que se conciban como acreditados, por una parte, determinados hechos y por la otra, no demostrados los diversos hechos de su contenido.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 695/49. F.F.C.C. Nacionales de México. 15 de marzo de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.