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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368930
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2055
PRUEBA DOCUMENTAL EN LOS JUICIOS DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2055
Si la prueba documental fue ofrecida en la audiencia de pruebas, la misma requería la citación de las personas que suscribieron ese documento, para su ratificación, de acuerdo con el artículo 523, de la Ley Federal del Trabajo; en esa virtud, la Junta no debió desecharla, sino aceptarla, y ordenar la citación de las personas firmantes del citado documento para que lo ratificaran, y dar así a la parte contraria, posibilidades de repreguntarlos, por tratarse de una prueba testimonial.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9531/50. Avalos Magdaleno. 28 de marzo de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.