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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368946
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2156
CONFESION FICTA EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2156
Carece de valor legal la confesión ficta del tercer perjudicado, porque se estableció subordinada a la posibilidad de ser desvirtuada mediante prueba en contrario, y con la estipulación en el contrato de trabajo, que también se presentó como prueba, se desvirtúan las declaraciones que hace el actor en su demanda laboral.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2798/50. Casas Vicente R. 30 de marzo de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.