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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368953
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2338
SALARIOS CAIDOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2338
Este Alto Tribunal tiene establecida jurisprudencia en el sentido de que cuando ha procedido la acción de cumplimiento de contrato por despido injustificado, debe condenarse al pago de los salarios caídos desde la fecha del despido hasta aquella en que se efectúe la reinstalación, por ser ésta la única forma en que queda cumplida la obligación principal del patrón, que es el pago de salario.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 441/49. Flores Rafael y coagraviada. 7 de septiembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.