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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368959
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2486
PATRON, SUSTITUCION DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2486
La sustitución de patrón se realiza cuando una unidad de trabajo, industrial o mercantil, se transmite de un propietario o propietarios a otro u otros por cualquier medio legal, sin interrupción de actividades, de tal manera que no se modifique la relación contractual existente antes de la sustitución del patrón, entre éste y sus trabajadores; así pues, es requisito indispensable, para que haya sustitución de patrón, que la unidad de trabajo pase del dominio de un persona al de otra, sin que cese la actividad de la empresa, ni se altere la relación contractual establecida mediante el contrato colectivo o individual de trabajo, vigente cuando ocurre el cambio de patrones.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 600/49. Barrera Béjar Rafael. 11 de octubre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.