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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368970
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2592
ACCIDENTES DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2592
Si el ayudante de un chofer tripulante de un camión de pasajeros, iba en la escalera posterior del camión y sin existir exceso de velocidad del camión, ni impericia o descuido del conductor, de este vehículo dicho ayudante perdió el equilibrio y cayó lesionándose, esta mecánica de los hechos indica que se trata de un accidente de trabajo, porque una de las obligaciones de los ayudantes, estriba en ir bajando y subiendo el equipaje, para entregarlo a sus dueños. Esto tipifica el accidente de trabajo de que se viene hablando, y justifica la indemnización, porque la Ley del Trabajo reconoce que la imprudencia del obrero, no releva al patrón de la indemnización correspondiente.
Precedentes
Amparo penal directo 142/50. Valadez Cortés J. Jesús. 3 de noviembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.