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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368971
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2606
LITIS EN LOS JUICIOS DE TRABAJO, FORMACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2606
La litis en el procedimiento arbitral, de acuerdo con los artículos 100 y 101 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, se forma con la demanda y su contestación, demanda que debe contener los elementos que señala el primero, sin que la litis se pueda formar por la apreciación de las pruebas documentales, siendo por tanto, al contestar la demanda, cuando el demandado debe oponer las excepciones que tenga, haciendo valer las defensas que a sus intereses convenga, según los hechos relativos expuestos en la demanda, sin que puedan comprenderse en la litis, hechos que no fueron precisados en el cuerpo de la misma.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9294/49. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 6 de noviembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.