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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368974
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2607
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, NOTAS MALAS DE LOS, COMO IMPOSIBILIDAD PARA CONCURSAR.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2607
De acuerdo con el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, es necesario el concurso para la obtención de una vacante definitiva, concurso que se hará entre el personal de la categoría inferior inmediata, que tenga por lo menos seis meses de servicios, sin nota mala o desfavorable en su expediente, tomándose en cuenta, en primer término, la eficiencia, probabilidades y la igualdad de competencia, para el concursante de mayor antigüedad, de esto no resulta, que una vez admitido al concurso, un empleado que tenga notas malas en su expediente, éstas ya no deberán tomarse en cuenta al calificar los resultados del mismo, pues si las notas malas le debieron impedir concursar, con mayor razón le impedirán ocupar el puesto ante otro concursante que no tiene notas malas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9302/49. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 6 de noviembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.