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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 368977
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2613
AMPARO EN MATERIA DE TRABAJO, PROCEDENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2613
No siendo un acto reclamado de imposible reparación, ya que cuando se resuelva en definitiva, el juicio laboral en que se dictó el acuerdo que motivó el juicio de garantías, la quejosa puede alegar como agravio en el amparo que interponga, que el laudo es contrario a sus intereses, al resolverse ilegalmente el incidente de nulidad de lo actuado, que es lo reclamado en ese juicio, es claro que es improcedente el amparo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3522/50. Ruiz Francisco sucesión de. 8 de noviembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.