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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369027
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 982
CONTRATO DE TRABAJO ABIERTO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 982
No es correcto lo alegado en el sentido de que la Junta responsable no hizo un análisis lógico jurídico para interpretar y clasificar en debida forma el contrato de trabajo, pues que después de considerarlo como contrato abierto o indefinido, concluye diciendo que es un contrato transitorio para obra determinada, siendo que la naturaleza precisa de ese contrato, base de la acción, está caracterizada por ser indefinida; pues la Junta responsable sí examinó el contrato mencionado, y aunque es cierto que en su laudo dice que el contrato en cuestión era abierto y a la vez que era para obra determinada, ello sólo significa que la citada Junta tiene de la expresión "contrato abierto un concepto distinto del que sustenta el quejoso, lo que no infringe ningún precepto legal, supuesto que la Ley Federal del Trabajo en ninguna de sus disposiciones, alude a esa clase de contratos de trabajo, ni tampoco la Doctrina los contempla con tal denominación específica.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9495/49. Mayer Campos Andrés. 25 de octubre de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.